Ley Provincial de emergencia turística N° 8271

Los interesados en adherir a los beneficios previstos en la Ley 8271( ley de emergencia turistica), deberán presentar una nota ante el Ministerio de Turismo y Deportes y/o Ministerio de Economía y Servicios Públicos, (indicando los beneficios a adherir ) acompañando la siguiente documentación en formato papel en mesa de entrada de la calle Buenos Aires 93. Encaso de ser empresarios gastronómicos el tramite es por municipio. Capital sigue el siguiente formato.